Tránsito

Caducidad de multas viales en Argentina: enfoque en la normativa Córdoba

Conocé los plazos en Argentina y Córdoba, según la ley nacional y las normas provinciales.

 La prescripción de infracciones de tránsito en Argentina responde a la Ley Nacional de Tránsito Nº24.449, que establece plazos diferenciales por gravedad. Sin embargo, cada provincia puede dictar regulaciones propias, lo cual afecta directamente el tiempo que los conductores tienen antes de que una multa pierda validez legal. Córdoba es un buen ejemplo de esta autonomía normativa.

En la provincia de Córdoba, la Ley Provincial Nº9140, promulgada el 26 de noviembre de 2003, fija un plazo único de 3años para la prescripción de infracciones de tránsito de cualquier gravedad. Esta caducidad se computa desde el día siguiente al cometido de la falta . El conductor debe acudir al Juzgado de Faltas correspondiente o gestionar el trámite en línea a través del RePAT

Caducidad de multas viales en Argentina: enfoque en la normativa Córdoba

A nivel nacional, el artículo 89 de la Ley 24.449 establece que las infracciones leves prescriben a los 2años y las graves a los 5años. No obstante, esta configuración no aplica en Córdoba, donde no se hace diferencia de gravedad: todas las faltas caducan al cumplir el plazo de tres años.

Es importante destacar que la prescripción puede interrumpirse si el conductor comete otra infracción grave o se inicia un proceso judicial, contravencional o ejecutivo asociado a la multa. En ese caso, el plazo vuelve a contar desde cero, según la Ley Nacional Nº26.363.

Además, cada provincia maneja sus plazos: por ejemplo, CABA los fija en 5años sin distinción de gravedad; Buenos Aires aplica 2años para faltas leves y 5para graves; Chubut reduce a 6meses si no se inicia procedimiento y a 2años si hay sentencia firme. Estos casos muestran la diversidad normativa en la Argentina.

Caducidad de multas viales en Argentina: enfoque en la normativa Córdoba

En cuanto al procedimiento en Córdoba, los conductores pueden solicitar la prescripción al Juzgado de Faltas correspondiente o hacerlo online vía RePAT, el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. Una vez cumplido el plazo, se puede gestionar que la infracción quede efectivamente eliminada del sistema.

Plazos de caducidad de multas de tránsito por provincia en Argentina

  • Buenos Aires: leves prescriben a los 2 años; graves, a los 5.

  • Chaco: 2 años para infracciones leves y 5 años para las graves.

  • Chubut: 6 meses si no se inicia trámite; 1 año con proceso abierto; 2 años si hay sentencia.

  • CABA (Ciudad de Buenos Aires): todo tipo de falta vence a los 5 años.

  • Catamarca: 2 años para leves, 3 para graves y 4 para gravísimas.

  • Córdoba: todas las infracciones expiran a los 3 años.

  • Corrientes: el plazo de prescripción general es de 2 años.

  • Entre Ríos: todas las multas vencen a los 5 años.

  • Formosa: leves caducan al año, graves a los 2 años.

  • Jujuy: todo tipo de infracción prescribe a los 5 años.

  • La Pampa: el plazo único de prescripción es de 5 años.

  • La Rioja: las multas tienen una validez de hasta 5 años.

  • Mendoza: leves a los 2 años, graves a los 3, gravísimas a los 4.

  • Misiones: todas las faltas prescriben a los 5 años.

  • Neuquén: las infracciones vencen a los 3 años, sin distinción.

  • Río Negro: el límite para todas las multas es de 5 años.

  • Salta: la caducidad general de infracciones es a los 5 años.

  • San Juan: todas las infracciones tienen un plazo de 2 años.

  • San Luis: el período de prescripción es de 5 años para cualquier falta.

  • Santa Cruz: 2 años para leves, 5 años para graves.

  • Santa Fe: leve a los 2 años, grave a los 5 años.

  • Santiago del Estero: 2 años para faltas leves, 5 para graves.

  • Tierra del Fuego: cualquier multa caduca a los 2 años.

  • Tucumán: 2 años para infracciones leves, 5 para las graves.

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