Causa YPF: se define si Argentina debe entregar el control de la empresa a los acreedores
Mañana se decidirá si la Argentina debe entregar el 51% de las acciones mientras siguen las apelaciones.
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York decidirá mañana si mantiene la suspensión de la orden que obliga al Estado argentino a entregar el 51% de las acciones de YPF. El tribunal podría también levantar esa medida u ordenar que el país presente algún otro tipo de garantía económica mientras avanzan las apelaciones en el juicio por la expropiación de la petrolera.
El 30 de junio pasado, la jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, ordenó a la Argentina entregar las acciones de YPF a los fondos demandantes como forma de pago de la sentencia de primera instancia, que fijó una indemnización de US$16.100 millones más intereses a favor de Burford y Eton Park.
La defensa argentina apeló la orden y, mientras tanto, el tribunal concedió una suspensión administrativa temporal para frenar la transferencia de las acciones. A diferencia de lo que ocurre en la Argentina, en Estados Unidos la sentencia de primera instancia no se suspende automáticamente cuando se apela: es el juez quien decide si concede o no esa medida.
En octubre de 2023, cuando la Argentina apeló el fallo que establecía la indemnización, no depositó ninguna garantía para evitar embargos. Preska otorgó tiempo adicional, al justificar que en diciembre asumía un nuevo gobierno. Sin embargo, más de un año y medio después, la jueza señaló en su último escrito que "la República aprovechó al máximo el tiempo extra, pero no hizo ningún esfuerzo por satisfacer las condiciones requeridas por el Tribunal".
Actualmente, el Estado argentino sostiene dos apelaciones en paralelo: por un lado, la sentencia de primera instancia que obliga a pagar la indemnización a Burford Capital y Eton Park; por otro, el reciente pedido de Preska que exige la entrega del 51% de las acciones de YPF.
En la primera causa, todas las partes ya presentaron sus escritos y la Cámara fijó una audiencia para la semana del 27 de octubre próximo. "Tras esa audiencia, la Cámara estará en condiciones de resolver esta apelación, pero no tiene plazo para hacerlo", explicó Sebastián Soler, exviceprocurador del Tesoro.
En la segunda, la Cámara dispuso que la defensa argentina presente su primer escrito con argumentos detallados el 25 de septiembre. Los fondos demandantes podrán responder semanas después. Mientras tanto, mañana el tribunal definirá si mantiene la suspensión de la entrega de acciones hasta que se resuelvan las apelaciones.
"Es una decisión administrativa extremadamente importante para todos los argentinos porque, si no es favorable, solo quedaría la Corte Suprema para revisarla. Tal vez exista una tercera vía que no estemos viendo. Podría ser que, en lugar de entregar las acciones de YPF, se busque un activo alternativo, pero eso lo sabremos cuando se publique la decisión", dijo Sebastián Maril, consultor de Latam Advisors y especialista en juicios que enfrenta la Argentina en el exterior.
Qué dice la ley
El artículo 10 de la Ley 26.741, que habilitó la expropiación de YPF, establece que el Estado argentino no puede transferir las acciones sin autorización previa del Congreso.
Ante la pregunta de si el país podría incurrir en desacato si se mantiene la orden de Preska, Juan Ignacio Carranza, de la consultora Aurora Macro Strategies, consideró que el principal impacto sería reputacional: "Los tribunales estadounidenses no cuentan con mecanismos prácticos para forzar la entrega de acciones bajo jurisdicción extranjera, lo que ya limitaba significativamente el alcance legal de la ejecución".
"Incumplir esa orden tendría un impacto reputacional, sobre todo ahora que el gobierno de Javier Milei busca volver a los mercados internacionales de deuda, aunque no tendría consecuencias prácticas inmediatas", agregó.